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¿Qué debe aparecer en la etiqueta de un producto alimentario?

Las etiquetas de productos alimenticios son la clave para conocer el alimento en cuestión: su origen, su modo de conservación, los ingredientes que lo componen o los nutrientes que aportan a la dieta.

Leer las etiquetas de los alimentos ayuda a tomar decisiones que se adapten a las necesidades y preferencias individuales, comparar productos para elegir las alternativas más adecuadas y conocer las sustancias o productos que causan alergias o intolerancias alimentarias.

Información alimentaria obligatoria

La información alimentaria obligatoria debe ser indicada en un lugar destacado, de manera que para los consumidores sea fácilmente visible, claramente legible y, cuando así se requiera, indeleble. No debe ser tapada o separada por ninguna otra indicación o imagen del producto, ni por ningún otro material interpuesto.

En el caso de los alimentos envasados, la información alimentaria obligatoria figurará directamente en el envase o en una etiqueta adherida en él.

Conceptos que deben aparecer en las etiquetas de productos alimenticios

Para ofrecer toda la información necesaria al consumidor, en el etiquetado de los productos alimenticios hay menciones que son obligatorias:

  1. Denominación del alimento: entendiéndose por su denominación jurídica, o en su ausencia, será la denominación habitual y si no, se facilitará una descripción del alimento
  1. Lista de ingredientes: en ella se incluirán todos los ingredientes del alimento en orden decreciente de peso, según se incorporen en el momento de su uso para la fabricación del alimento. Pero hay algunos productos que no precisan lista de ingredientes: en los que la denominación del alimento sea idéntica a la del ingrediente, o la denominación del alimento permita determinar la naturaleza del ingrediente sin riesgo de confusión.
  1. Ingredientes que puedan causar alergia o intolerancia y se utilice en la fabricación o elaboración del alimento: En la lista de ingredientes se destacaran mediante una composición tipográfica que la diferencie claramente del resto de la lista de ingredientes. Si no hay lista de ingredientes, incluirá la palabra “contiene” seguida del nombre de la sustancia o el producto.
  1. Indicación cuantitativa de los ingredientes: Los alimentos deberán indicar la cantidad de un ingrediente o de una categoría de ingredientes utilizadas en la fabricación o la preparación del alimento
  1. Cantidad neta: Se expresará en litros, centilitros, mililitros, kilogramos o gramos, dependiendo de cada caso
  1. Fecha de duración mínima o la fecha de caducidad: La fecha de duración mínima se indicará con las palabras “consumir preferentemente antes del….” o “consumir preferentemente antes del fin de…”. En el caso de la fecha de caducidad se detallará la fecha precedida de “fecha de caducidad”.
  1. Condiciones especiales de conservación y/o las condiciones de utilización: Cuando el alimento requiera de unas condiciones especiales de conservación y/o de utilización.
  1. Nombre o razón social y dirección del operador de la empresa alimentaria: El operador de empresa alimentaria responsable de la información alimentaria será el operador con cuyo nombre o razón social se comercialice el alimento
  1. País de origen o lugar de procedencia: La indicación del país de origen o el lugar de procedencia es obligatoria
  1. Modo de empleo: Debe indicarse de forma que permita un uso apropiado del alimento.
  1. Grado alcohólico para las bebidas de más de 1,2% en volumen de alcohol: dicha cifra irá seguida del símbolo “% vol” y podrá estar precedida de la palabra alcohol o de la abreviatura “alc.
  1. Lote: Por lote se entiende un conjunto de unidades de venta de un producto alimenticio producido, fabricado o envasado en circunstancias prácticamente idénticas.
  1. Información Nutricional: información alimentaria obligatoria desde el 13 de diciembre de 2016.